Decreto Número 142-89

                                                          LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR 

DECRETO NÚMERO 142-89

 EL CONGRESO NACIONAL, 



CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, dispone que los niveles de la educación formal, serán determinados en la ley respectiva, excepto el nivel superior que corresponde a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. 

CONSIDERANDO: Que la educación e todos los niveles del sistema educativo formal, excepto el nivel superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Educación Pública. 

CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 160 de la Constitución de la República, se atribuye a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), la exclusividad de organizar, dirigir y desarrollar la educación superior y profesional. 

CONSIDERANDO: Que el texto constitucional dispone que la Ley fijará la organización, funcionamiento y atribuciones de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, para el ejercicio de sus competencias.

 CONSIDERANDO: Que es necesario que la Educación Superior esté regulada por una ley que desarrolle los preceptos constitucionales. 

                                            POR TANTO:

                                                                  DECRETA: 

La siguiente,

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