Decreto Número 142-89
LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR
DECRETO NÚMERO 142-89
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, dispone que los niveles de la educación formal, serán determinados en la ley respectiva, excepto el nivel superior que corresponde a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras.
CONSIDERANDO: Que la educación e todos los niveles del sistema educativo formal, excepto el nivel superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Educación Pública.
CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 160 de la Constitución de la República, se atribuye a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), la exclusividad de organizar, dirigir y desarrollar la educación superior y profesional.
CONSIDERANDO: Que el texto constitucional dispone que la Ley fijará la organización, funcionamiento y atribuciones de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, para el ejercicio de sus competencias.
CONSIDERANDO: Que es necesario que la Educación Superior esté regulada por una ley que desarrolle los preceptos constitucionales.
POR TANTO:
DECRETA:
La siguiente,
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